El IRS le informa sobre los resultados de la auditoría en el Formulario 4549. También usan el Formulario 4549-A y el Formulario 4549-E (Vea los ejemplos de abajo).
Aceptar y firmar este documento tiene implicaciones legales así que por favor NO firme la segunda página si no está de acuerdo. No es una factura entonces ¡No se de por vencido! Dependiendo de su rapidez en contestar podríamos solicitar una revision de este Formulario, o si no podemos apelar o ir al tribunal tributario.
Sus opciones son: 1) pagar la factura, 2) obtener mas evidencia o leyes para respaldar el caso, 3) apelar al gerente del agente, 4) apelar al IRS, o 5) esperar a que le envien el Aviso de deficiencia y reclamar en el tribunal tributario. Vea los Pasos de Casos a seguir - Apelaciones del IRS o Pasos de Casos - Procesos judiciales.
Si usted está de acuerdo con los cálculos del Formulario 4549, fírmelo y envíelo por correo certificado al agente del IRS cuya dirección está en la segunda página o en la Carta 692 o 1912, si las ha recibido. También les puede enviar dinero, pero si no puede pagar la suma total, el IRS le envía una factura con instrucciones.
Si usted no responde al Formulario 4549, el IRS le envía un Aviso de deficiencia. Esto le da 90 días para reclamar en el tribunal tributario. Si usted no presenta una demanda, el IRS le enviará una factura por sus impuestos. El tribunal tributario es, a menudo, la mejor elección.
Generalmente usted tiene 3 años para ser auditado por el IRS. Si se está acabando el tiempo, probablemente le van a pedir que firme una prórroga (Formulario 872) asi pueden continuar examinándolo. Por favor no firme este documento sin ayuda legal, nosotros generalmente no le otorgamos prórrogas al IRS.
Ya que una auditoría es un proceso legal, la guía de un abogado es muy importante. Tenemos Pasos de Casos a seguir para preparar los documentos necesarios para la cita confidencial con el abogado. Él es su defensor y le preparará un Plan de Acción para sus necesidades específicas.
Alguien tiene que poner sus documentos en orden o el IRS los rechazará. Lo puede hacer usted mismo o pagarle a un contador público, tenedor de libros o un abogado. La razón más común por la cual los contribuyentes pierden sus casos contra el IRS es falta de prueba y organización.
Prepárese solo: Si quiere prepararse para el IRS y ahorrar dinero, se puede hacer miembro de TaxHelpLaw.com donde le mostramos con texto, audio y video cómo organizar todos sus expedientes. ¡Hágalo usted mismo y ahorre mucho tiempo y dinero!
Es buena idea que usted mismo prepare sus expedientes ya que usted conoce sus asuntos y puede obtener los documentos y tabular los gastos más eficientemente.
Consulte a un abogado: Si usted ha recibido el Formulario 4549 y se prepara solo, igual debería conseguir ayuda legal. Para ayudar a prepararlo para una cita productiva con el abogado, hemos creado estos Pasos de Casos a seguir. Usted ahorrará tiempo y dinero si junta todos los documentos que el abogado necesita. El Lic. Hopkins le preparará un Plan de Acción usando tácticas específicas para su caso.
Versión en inglés: