El IRS usa el Aviso CP88 "Todavía no hemos recibido su Formulario 1040 correspondiente al año 20- -. Hemos suspendido su reembolso..." para informarle que están reteniendo su reembolso hasta que usted presente los impuestos. Este aviso es esencialmente el mismo que el Aviso CP63. El IRS cree que usted debe o no le hubieran enviado el Aviso CP88.
Tal vez usted cree que ha presentado los impuestos pero el IRS dice lo contrario. Si usted tiene el recibo de correo certificado, se puede discutir acerca de la fecha y hay un procedimiento especial para hacerlo. Si no tiene el recibo, generalmente es mejor volver a presentar que discutir ya que hay que volver a presentarlos de todas maneras. Ya que va a presentar una declaración original, tiene la oportunidad de revisar sus registros y ¡encontrar más deducciones!
A veces la gente se pierde los documentos necesarios pero esta oficina se especializa en encontrar y reconstruir documentos perdidos. Vea Documentos perdidos.
Esto no es una auditoría y es muy probable que no se convierta en una auditoría. El IRS sólo quiere sus declaraciones pero tienen prueba de que usted debe, por lo que tiene que tener cuidado.
El IRS no puede comenzar a cobrarle hasta que usted presente una declaración de impuesto, o ellos lo pueden hacer por usted. Por lo tanto, usted tiene tiempo para preparar los papeles correctamente.
Pero debido a las implicaciones legales y de procedimiento, no es prudente apresurarse a presentar una declaración de impuesto, especialmente si usted debe. Tenemos que conseguir su transcripción, que es su registro tributario. Una vez obtenido este documento, podemos crear un Plan de Acción para su situación específica. Por favor, vea los Pasos de Casos a seguir para el Aviso CP88 y ¡vea al Lic. Hopkins en Colorado Springs o Pueblo antes de presentar!