Técnicamente, una declaración es cualquier verificación de ingresos y deducciones del contribuyente, y un acuerdo con el IRS, o al menos ninguna objeción del IRS. El formulario que todos presentamos cada año es un tipo de declaración, pero no es la única. Si presenta una declaración y le debe al IRS, ellos le van a enviar un Aviso CP714 con los detalles de la deuda.
Muchas veces, si ya está involucrado en un procedimiento del IRS, le pedirán que firme varias admisiones de responsabilidad. Estos documentos pueden considerarse una "declaración" porque está jurando la verdad como aquí:
Bajo pena de perjurio, declaro que he examinado esta declaración y los anexos y declaraciones que la acompañan y, a mi leal saber y entender, son verdaderos, correctos y completos.”
Formulario 1040
Dado que la cláusula de atestación es una declaración jurada, el contribuyente verifica la veracidad de la declaración bajo pena de perjurio. Si un contribuyente no tiene registros de ingresos, está obligado a estimar razonablemente la cantidad. Del mismo modo, un contribuyente también debe estimar razonablemente todas las deducciones a las que tiene derecho.
Por lo tanto, sería un error exigir a un contribuyente que revele honestamente sus ingresos sin permitirle al mismo tiempo las deducciones razonables de esos ingresos, a pesar de la falta de pruebas contundentes.
No necesita presentar toda la evidencia a su preparador de impuestos cuando preparan sus declaraciones. Sin embargo, debe ordenar sus pruebas para tener un registro de los hechos y evitar sanciones por negligencia en el mantenimiento de registros.
Deducciones
Hay 2 tipos de deducciones: personales y comerciales. Muchas de las deducciones personales aparecen en el Anexo A. Las deducciones comerciales aparecen en presentaciones separadas (por ejemplo, Formularios 1120S, 1165) o en un Anexo C adjunto a su Formulario 1040.
Las deducciones comerciales deben ser normales y necesarias. El método para producir correctamente las deducciones es copiar tanto las facturas como los pagos. Colóquelos en orden cronológico con cintas adhesivas dobles en la parte superior. Todo esto se explica con mucho más detalle en el Programa de Defensa de Auditoría TaxHelp.
A menos que coloque la evidencia en el orden correcto, el IRS no la revisará, así que no se frustre. ¡Tómese el tiempo y el esfuerzo necesarios para prepararse adecuadamente y ganar contra el IRS!
J. David Hopkins, JD LLM